El artículo 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga a toda empresa a garantizar que cada trabajador recibe una formación teórica y práctica suficiente sobre los riesgos de su puesto. No es un trámite único: la formación debe adaptarse cuando cambian las funciones, se introducen nuevas tecnologías o cambian los equipos de trabajo.
Tipos de formación más habituales
En sectores como la construcción, la formación de 20 o 60 horas del Convenio de la Construcción es la más conocida, pero según la actividad pueden exigirse formaciones específicas: trabajos en altura, espacios confinados, riesgo eléctrico, manejo de maquinaria, o manipulación de productos químicos. Cada una tiene su propio certificado y, en muchos casos, su propia vigencia.
¿Caduca la formación en PRL?
Depende del tipo y de quién lo exige. La ley no fija una caducidad única para toda formación en PRL: algunas formaciones no tienen fecha de caducidad legal. Sí existen tres fuentes distintas de exigencia que conviene no confundir: la ley (mínimos generales), el convenio colectivo aplicable (puede fijar formaciones específicas), y las exigencias propias del cliente o de la obra (que pueden pedir una renovación periódica como buena práctica, aunque no sea obligatoria por ley). Algunos certificados específicos —trabajos en altura, espacios confinados, riesgo eléctrico— tienen además una vigencia marcada por el propio certificador, no por la ley. Confirma con tu servicio de prevención cuáles aplican a tu caso.
El problema de gestionarlo con hojas de cálculo
Con una plantilla de 15 o 20 trabajadores, cada uno con dos o tres certificados de formación distintos, una hoja de cálculo se vuelve inmanejable rápido: hay que revisarla manualmente, y es fácil que una fecha se pase por alto. DocuVigía asocia cada certificado de formación a su trabajador y avisa automáticamente antes de que caduque, sin depender de que alguien se acuerde de mirar una tabla.